ANEXO II
PROTOCOLO DE ADHESIÓN AL PROGRAMA DE REINSERCIÓN LABORAL DE LAS PERSONAS AFECTADAS POR EL CIERRE DE DELPHI
Apellidos___________________________ Nombre_______________ NIF_______________
Dirección____________________________________________Código Postal______________
Municipio____________________ Teléfonos__________________ ______________________
MANIFIESTO, como persona afectada por el cierre de Delphi Puerto Real, mi voluntad de acogerme y mi COMPROMISO DE ADHESIÓN al Programa de Reinserción Laboral, así como al Protocolo de Colaboración de 4 de Julio y a los desarrollos del mismo, en el marco de la Comisión de Seguimiento, y según los acuerdos entre la Junta de Andalucía con las Organizaciones Sindicales presentes en la mencionada Comisión.
Este compromiso implica la aceptación de las condiciones generales del Programa de Reinserción Laboral así como los derechos y obligaciones recogidos en el conjunto de los Acuerdos citados anteriormente.
PRIMERO. CONDICIONES Y GARANTÍA DEL PROGRAMA
1. Condiciones generales
1.1 El Programa de Reinserción Laboral se desarrolla desde el 1 de octubre de 2007 hasta el 31 de julio de 2009. En dicha fecha,
1.2 La adhesión al Programa de Reinserción Laboral por parte de las personas afectadas será voluntaria.
1.3 Dicha adhesión deberá manifestarse antes del 14 de marzo de 2008, y sus efectos tienen carácter retroactivo desde el 1 de octubre de 2007
Asimismo, deberá manifestarse por escrito la voluntad de desvinculación del Programa.
1.4 Podrán adherirse al Programa de Reinserción Laboral todas las personas que figuran en el Acuerdo de
1.5 La participación en el Plan de Reinserción Laboral conlleva la colaboración con
1.6 La incorporación al Plan de Reinserción Laboral se inicia, en todo caso, mediante sesión grupal de acogida.
1.7 La finalización del Compromiso de Adhesión y, por ende, de la participación en el Programa de Reinserción Laboral se producirá por alguna de las causas siguientes:
.- Logro del objetivo de Reinserción Laboral planteado ante Oferta Válida de Empleo.
.- Abandono, sin causa justificada, de las actividades del Programa de Reinserción Laboral.
.- Baja voluntaria cuando así se manifieste, por escrito.
.- Rechazo o negativa a participar en alguna de las actuaciones incluidas en el Programa de Reinserción Laboral.
.- Por el cumplimiento de la edad que posibilita el derecho a la prestación de jubilación, o por adscripción voluntaria a la prejubilación en su caso, así como por pase a la situación de Incapacidad Permanente Absoluta
.- Aquellas otras que se acuerden por
De la finalización del compromiso de Adhesión por cualquier causa de las anteriores se informará, y en su caso se ratificará, por
1.8 Las actuaciones del Programa de Reinserción Laboral conllevan el tratamiento de datos de carácter personal que forman parte de un fichero de titularidad del Servicio Andaluz de Empleo. Con la firma de este Compromiso se autoriza a dicho titular a tratarlos automatizadamente con la única finalidad de gestionar actuaciones derivadas del Programa y, en su caso, cederlos a las Entidades Colaboradoras en el desarrollo del mismo así como a empresas a efectos de posibles contrataciones laborales.
1.9 Las actuaciones más relevantes comprendidas en el Plan son:
.- Acciones de orientación Profesional personalizada y continua.
.- Acciones de asesoramiento para la búsqueda de empleo por cuenta ajena o por cuenta propia.
.- Acciones formativas.
.- Ofertas de Empleo
Así mismo el Plan contempla medidas de carácter económico en apoyo de
2. Condiciones relativas a las Acciones Formativas
2.1 Las Acciones Formativas constarán de tres fases según se recoge en el IIº Desarrollo del Protocolo de Colaboración Suscrito el 4 de julio de 2007, entre los Representantes Sindicales y
.- FASE I: Formación en competencias generales en el ámbito laboral
.- FASE II: Conocimientos genéricos del sector industrial
.- FASE III: Formación específica
La formación que se contempla en
2.2 Durante
A estos efectos, la asistencia a sesiones de tutoría o a ofertas de empleo originadas desde el Dispositivo de Tratamiento Singular se entenderán como asistencia a
2.3 Las personas desempleadas que hayan optado por el empleo por cuenta propia podrán participar en las acciones formativas si así lo deciden y podrán percibir la beca referida en el apartado anterior, ajustándose siempre a los términos expresados para la misma. Así mismo la percepción de esta beca será compatible con el cobro de la ayuda contemplada en el Plan + Autónomos o en el Programa de Emprendedores.
2.4 La participación en las acciones formativas contempladas en el Programa de Reinserción Laboral podrán simultanearse con cualquier otra actividad formativa siempre que resulte compatible en horarios.
2.5 Las personas que al inicio de las actividades formativas estén desarrollando una actividad laboral podrán participar en las mismas siempre que resulten compatibles en horarios, pudiendo así mismo beneficiarse de la beca por asistencia y compensación de gastos de transporte.
En caso de que una persona esté realizando una actividad laboral y el contrato de trabajo finalice durante el transcurso de las acciones formativas, esta persona podrá incorporarse al proceso de formación si éste se halla en
2.6 Cualquier otra incidencia que pudiese surgir en relación a las acciones formativas será resuelta según los acuerdos que adopte
3. Condiciones relativas a
3.1 Se entiende por Oferta Válida de Empleo aquella que reúna las siguientes características:
.- Mismo, similar o superior nivel profesional.
.- Salario de referencia, al menos, del Convenio Colectivo del Sector del Metal de la provincia de Cádiz o del Sector de origen de la persona insertada.
.- Puesto de trabajo ubicado en
.- Contrato indefinido.
3.2 Se entiende por Persona Candidata Recolocada aquella que:
.- Se incorpore a un nuevo puesto de trabajo por cualquier vía.
.- Desarrolle su propio negocio.
.- Rechace una Oferta Válida de Empleo (OVE).
.- Abandone voluntariamente el nuevo puesto de trabajo, sin causa justificada.
3.3 Las personas que obtengan empleo durante la vigencia del Plan de Reinserción Laboral tendrán suspendida su adhesión al mismo mientras se mantenga la relación laboral independientemente de su duración, si ésta es de carácter temporal. Se reincorporará al Programa la persona que aún habiendo tenido un contrato de carácter indefinido éste fuera resuelto de forma improcedente o por causas organizativas, técnicas o económicas ya sea de forma colectiva o individual.
SEGUNDO. DERECHOS DE LAS PERSONAS ADHERIDAS AL PROGRAMA DE REINSERCIÓN LABORAL
1.- A recibir información sobre el Programa, sus objetivos, y las actuaciones que comprende, tanto al inicio como en el transcurso del mismo y a través de las diferentes vías que al efecto se desarrollen.
2.- A recibir Orientación Profesional personalizada y continua, por parte de expertos profesionales, a lo largo del desarrollo del Programa de Reinserción Laboral, al objeto de realizar un seguimiento de la estrategia de búsqueda de empleo.
3.- A participar en las actividades formativas que el Programa comprende, así como a determinar y realizar la formación más idónea para
4.- A recibir una beca por asistencia y compensación de gastos de transportes, en la fase de Formación Profesional y en función del tope de prestación por desempleo, tal y como se recoge en el Acuerdo de 24 de septiembre de 2007 (IIº Desarrollo del Protocolo de Colaboración Suscrito el 4 de julio de 2007).
5.- A participar en las actividades grupales planificadas para el asesoramiento en la búsqueda de empleo, tanto por cuenta ajena como para por cuenta propia.
6.- A recibir información sobre la situación del mercado laboral en general y, más específicamente, de la provincia de Cádiz, así como sobre las ocupaciones más demandadas y los empleos más ofertados.
7.- A recibir Ofertas Válidas de Empleo, ajustadas al perfil profesional y adecuadas a las particulares necesidades de cada persona.
8.- A percibir todas aquellas ayudas económicas que se acuerden y determinen en apoyo de la más pronta e idónea Reinserción Laboral, en el marco del Plan y siempre que cumpla los requisitos establecidos para ello.
9.- A que los datos personales y profesionales sean tratados con la confidencialidad y el rigor establecido en
10.- Reincorporarse al Plan de Reinserción en función de lo establecido con anterioridad.
11.- A causar baja en el Programa de Reinserción Laboral, en cualquier momento del desarrollo del mismo por decisión personal, previa comunicación por escrito dirigida al Dispositivo de Tratamiento Singular.
TERCERO. OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS ADHERIDAS AL PROGRAMA DE REINSERCIÓN LABORAL
1.- A asistir, previa cita o por acuerdo presencial o telefónico con el profesional de la orientación, a cuantas entrevistas de orientación personalizada haya lugar en el periodo de duración del Programa de Reinserción Laboral.
2.- A asistir a las acciones formativas que el Programa comprende, en sus distintas fases (Formación en competencia generales en el ámbito laboral, Conocimientos Genéricos del Sector Industrial, Formación específica) , y a las cuales se haya incorporado.
3.- A facilitar la documentación requerida por
4.- A asistir a las actividades planificadas para el asesoramiento en la búsqueda de empleo tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.
5.- A participar en todos los procesos de selección para Ofertas Válidas de Empleo en que sea incluido por el DTS.
6.- A aceptar
7.- A comunicar, mediante escrito dirigido a
Lo que suscribo en
-------------------------------------, a --------------- de ------------------ de 2008
Firmado: ----------------------------------------------------